ARTÍCULOS Y OPINIÓN: La indemnización por fin de contrato temporal debe ser la misma que la de un trabajador fijo.

Así lo establecen varias sentencias de Madrid o País Vasco siguiendo la sentencia del Tribunal de la Unión Europea. Ahora los trabajadores podrán reclamar la indemnización de 20 días que NO les abonaron en el finiquito. Tienen el plazo de un año.

Lamentablemente, en este país son mayoría los trabajadores que tienen un contrato temporal. Igual de lamentable que cada vez con mayor frecuencia a algunas empresas se les «olvidaba» abonar la indemnización al acabar el contrato temporal.

Tal indemnización por fin de contrato temporal era de 8 días de salario aunque una gran cantidad de convenios colectivos elevaban la indemnización a 12 días de salario. Bueno, pues más allá de que se olvidaran o no, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera discriminatorio para los trabajadores temporales que un trabajador fijo sea indemnizado con 20 días y un temporal con 8 días. O lo que es lo mismo, si a un trabajador indefinido le pagan 20 días por extinguir su contrato por causas objetivas, también al trabajador temporal deberán indemnizarle con los mismos días.

Y ahora… a reclamar la indemnización que no nos pagaron en el finiquito 🙂

¿Y qué pasa si me pagaron el finiquito pero solo me dieron 8 días de indemnización? Pues que tienes que reclamar los 12 días restantes porque la empresa te los tiene que pagar.

¿Qué plazo tengo para reclamar los 12 días que me pertenecen? Un año desde que te entregaron el finiquito por fin de contrato temporal.

¿Y cómo lo hago? Pues rellenando nuestro formulario de contacto, o remitirnos un correo electrónico a info@fernandezsolar.es, y nos pondremos en contacto contigo a la mayor brevedad.

SABER MÁS: La Presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco opina sobre la equiparación en la indemnización (Vía ElCorreo).