NUESTRAS SENTENCIAS: ESTAFA – Sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos.

La empresa de construcción de nuestro cliente había descontado, y cobrado, un pagaré que le había librado otra empresa constructora en pago de unas obras realizadas. Se acusaba a la cliente de un delito de estafa en el cobro del pagaré.

– Las obras en los chalets adosados.

La empresa constructora de nuestro cliente había realizado las obras en unos chalets adosados, por encargo de otra empresa. En pago de los servicios, la contratante emite dos pagarés que nuestra cliente descuenta y cobra en su entidad bancaria. Llegada la fecha de vencimiento de los pagarés, la empresa solo atiende el pago de uno de ellos.

– La demanda del banco que había abonado los pagarés.

Como cabía esperar, la emisora de los pagarés es demandada por la vía civil por el banco. Cuando se le notifica la demanda de juicio cambiario, la empresa de construcción formula denuncia por un delito de estafa y otro de apropiación indebida contra nuestro cliente. Acusa de que por un lado se ha cobrado el pagaré vía descuento en el banco. Y por otro lado, se ha cobrado en metálico. Vamos, que el precio de las obras realizadas se ha cobrado dos veces.

A la denuncia se le une el Ministerio Fiscal y el banco que abonó los pagarés.

– Procedimiento ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de Miranda de Ebro.

De la investigación de los hechos se hace cargo el Juzgado de Instrucción nº 1 de Miranda de Ebro. Y se termina la instrucción con el dictado del auto de apertura del juicio en el que el denunciante solicita 4 años de prisión para nuestro cliente.  2 años de prisión por la estafa y otros 2 años de prisión por la apropiación indebida. El Ministerio Fiscal y el banco solicitan 2 años de prisión por el delito de estafa. No acusan por apropiación indebida.

– Juicio ante el Juzgado de lo Penal nº 1 de Burgos.

Celebrado el juicio ante el Juzgado de lo Penal de Burgos, se dicta sentencia por la que se condena a nuestro cliente a una pena de 1 año y tres meses de prisión por el delito de estafa (arts. 248 y 249 del Código Penal). Absuelve sobre delito de apropiación indebida. Contra esta sentencia, se formula recurso de apelación ante el Audiencia Provincial de Burgos.

– Recurso ante la Audiencia Provincial de Burgos y sentencia absolutoria.

Presentamos recurso de apelación en representación del cliente ante la Audiencia. Y es estimado. La Sala absuelve del delito de estafa por el que había sido condenado nuestro cliente. Se basa en la  vulneración del derecho constitucional a la presunción de inocencia, al considerar que las pruebas de cargo practicadas no eran bastantes para su destrucción y las pruebas indiciarias resultaban insuficientes, no habiendo sido tales pruebas valoradas correctamente por el Juzgado de lo Penal. Consultar la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos.

Si precisas nuestros servicios profesionales puedes realizarnos una CONSULTA ONLINE y en 24 horas te contestaremos, o si lo prefieres rellena nuestro FORMULARIO DE CONTACTO o mándanos un email a info@fernandezsolar.es.