NUESTRAS SENTENCIAS: Desahucio por Impago.

Desahucio por impago ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Miranda de Ebro y el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Vitoria. Nuestros clientes recuperan la posesión de un inmueble en Vitoria y un local de negocio dedicado a bar en Miranda de Ebro después de sufrir un prolongado impago de alquiler por parte de sus arrendatarios.

Mediante demanda ante Juzgados de Miranda de Ebro y Vitoria, el desahucio por impago del alquiler con entrega de llaves al cliente tardó en un caso un mes y en el otro dos meses.

– JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE VITORIA-GASTEIZ.

La clienta nos plantea la situación de impago del alquiler que sufre desde hace más de un año sobre un inmueble de su propiedad ubicado en Vitoria-Gasteiz, y que tiene arrendado a una empresa del sector de los servicios deportivos que ya no es que no pague la renta, sino que no da señales de vida. Cansada de intentar el pago de la deuda, la clienta nos contrata para recuperar la posesión del bien alquilado.

Se formula la oportuna demanda judicial, en virtud de art. 440 y ss. de la LEC, que se admite por el Juzgado de Vitoria en fecha 4-1-16, en la que se solicita el desahucio de la empresa arrendataria por falta de pago del alquiler y el abono de la deuda por las rentas pendientes.

Dos meses después.- Estimada la demanda de desahucio que formulamos en nombre de la clienta, se produce el desalojo (el lanzamiento) de la empresa demandada y entrega de llaves del inmueble a su legítima propietaria el día 4-3-16, dos meses después de admitida la demanda, con condena en costas por la minuta de honorarios de abogado y cuenta de derechos de procuradora de este despacho a la mercantil arrendataria.

– JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE MIRANDA DE EBRO.

La empresa cliente mantiene alquilado un local de negocio dedicado a bar y sufre el impago de las rentas del arrendamiento de los últimos siete meses. Acude a nuestro despacho para intentar el cobro de la deuda o recobrar la posesión del local a través del desahucio.

En un primer momento se realiza un requerimiento de pago extrajudicial a fin de que se abone la deuda en concepto de alquileres impagados, con la advertencia de demanda judicial para el caso de no abonarlos. Al no recibir contestación del arrendatario, se interpone la oportuna demanda judicial con acción de desahucio por impago de rentas para que el local de negocio vuelva a la posesión de nuestra empresa cliente.

Admitida la demanda en el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Miranda de Ebro en fecha 22 de octubre, y a los efectos de que el local dedicado a bar fuera entregado a nuestro cliente con la mayor rapidez, este despacho insiste en ofrecer una negociación al arrendatario deudor, quien acepta las condiciones ofrecidas y entrega en el Juzgado las llaves del local alquilado en fecha 6 de noviembre. En menos de un mes la empresa que es clienta de nuestro despacho ha recobrado la posesión del inmueble, por lo que pudo alquilarlo con premura.

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